Finalmente, visto que en el escrito transaccional, las partes mediante recíprocas concesiones, acordaron el pago de la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA MIL CIENTO VEINTIOCHO BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (Bs. 660.128,14), los cuales recibe el trabajador mediante tres cheques, el primero identificado con el Nº 00054981, perteneciente a la cuenta Nº 0104-0047-34-2470153861, por la cantidad de QUINIENTOS TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs.503.587,26), el segundo por la cantidad de DIEZ MIL CUATROCIENTOS CON CERO CENTIMOS (Bs.10.400), identificado con el Nº 00055209, perteneciente a la cuenta Nº 0104-0047-32-2470151109, y el tercero por la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA BOLIVARES CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs.146.140,140,88), identificado con el Nº 00095023, perteneciente a la cuenta 0104-0107-172107114173, pertenecientes todos a la entidad bancaria Banco Venezolano de Crédito. Por lo que este juzgado de conformidad a lo est.....