Mediante Auto este Tribunal, Impartiendo Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley". DECLARA" acreedor DE LA REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, al ciudadano FRANCISCO JOSÉ RODRÍGUEZ LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.423.350, actualmente recluido en el Instituto Autónomo Policía del Municipio Maturín, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo o estudio, reduciéndose la pena impuesta de ONCE (11) AÑOS Y OCHO MESES DE PRISION, con la redención aquí acordada la misma le queda en DIEZ (10) AÑOS, CINCO (05) MESES, DIECISEIS (16) DIAS y DOCE (12) HORAS DE PRISION. CÚMPLASE.-