Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE REVISION, propuesto por el Abg. ENDER FERNANDEZ, contra la sentencia dictada en fecha 08 de Agosto de 1996, por el extinto Juzgado Superior Décimo Cuarto en lo Penal, mediante la cual condenó al ciudadano NESTOR JOSÉ RANGEL LEAL, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el (derogado) artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, quedando en definitiva la pena la pena que deberá cumplir el penado antes mencionado en: CUATRO (04) AÑOS DE PRISION.
El fundamento de la presente decisión se encuentra contenido en los artículos 470 ordinal 6° del Código Org.....