Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana la ciudadana NIDIA HERNANDEZ ya identificada, asistida por los abogados ejercicio NILIA VELASQUEZ y RONALD GOLDING MONTEVERDE, también identificados, contra el Ministerio de Educación y Deportes. En consecuencia, SE ORDENA al organismo querellado pagarle a la actora los intereses moratorios sobre las prestaciones sociales, causados desde el 01 de octubre de 2003 hasta el 30 de enero de 2006, para cuya determinación SE ORDENA practicar Experticia Complementaria del Fallo, de conformidad con lo previsto en el Art.249 del Código de Procedimiento Civil, la cual será practicada por un (01) solo experto contable, designado por el Tribunal al tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquel en el cual el presente fallo quede de.....