En virtud a los razonamientos anteriormente expuestos, este juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega la solicitud efectuada por el abogado VICENTE EMILIO MARTINEZ de proceder a la ejecución forzosa del convenio celebrado. Así se decide.