En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente Homologación al presente desistimiento, por lo que homologado tendrá carácter de cosa juzgada, así mismo se acuerda la devolución de los documentos Originales, previa certificación por Secretaria de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los cinco (05) días del mes de Octubre de 2011. Siendo las 11:59 de la mañana. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el copiador de sentencias.
El Juez Provisorio
Abg. Carlos J. Rojas M. El Secretario Acc
Abg. Horacio Gómez
En la misma fecha se cumplió c.....