Este Juzgado De Primera Instancia En Funciones De Juicio Unipersonal, Con Competencia En Delitos De Violencia Contra La Mujer Del Circuito Judicial Penal Del Estdo Aragua, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Emite Los Siguientes Pronunciamientos: PRIMERO: De Conformidad Con Lo Establecido En El Artículo 349 Del Código Orgánico Procesal Penal Condena al ciudadano GREGORIO ANTONIO PARRA OSORIO, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 52 años de edad, estado civil soltero, titular de la cedula de identidad nº v-5.266.721, domiciliado en Sector la candelaria, calle bolívar, numero 32, Mario Briceño Iragorri Maracay Estado Aragua, a cumplir la pena de DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, tipificado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Cód.....