Por las razones antes expuestas, este Tribunal del Municipio Zamora del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el Abogado: JUAN CARLOS DOMINGUEZ ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.507, procediendo en su carácter de apoderado judicial de la Ciudadana: ANA DOMINGA LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.966.180; contra la Ciudadana: MARILU MATUTE DE TORREALBA, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.341.092, y de este domicilio; por Desalojo de Inmueble, y condena a ésta última a:
1) Desalojar el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, totalmente desocupado de bienes y personas, en el mismo buen estado en que lo recibió.
2) Pagar la cantidad de la suma de novecientos mil bolívares (Bs. 900.000,oo), correspondientes a los cinco (5) meses de pensiones de arrendamiento.
3) Al pago .....