/ Se publicó y consignó sentencia (reproducción escrita) declarándose: 1°) Su incompetencia para conocer de la presente causa; 2°) COMPETENTE para conocer y decidir la misma a uno de los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, por lo que se ordena remitir el expediente a la URDD de dicha jurisdicción a los fines de la distribución correspondiente. Líbrese oficio. Todo ello, con motivo de la demanda interpuesta por la ciudadana Marina D. Rodríguez C. contra el Fondo Nacional de Desarrollo Urbano (FONDUR), ambas partes identificadas en los autos.