Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO, intentada por los ciudadanos GERMAN EDUARDO PRIMUS CORDERO y ANDREINA DE LA TRINIDAD AMUNDARAY ARRIETA, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha primero (1ro.) de noviembre de 2006, ante el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según se desprende de acta de matrimonio Nº 1. Notifíquese a las Autoridades correspondientes. -