Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 13 de enero de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL JOSÉ ARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.442.898, en contra de la ESCUELA TÉCNICA DE LA FUERZA AÉREA. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.