Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
DECLARA DESISTIDA la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado Antulio Moya Tovar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.562, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES CENTRINO, C.A., contra la Providencia Nº 00374/09, de fecha 03 de julio de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, contenida en el Acta levantada el día 03 de julio de 2009, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos a la ciudadana Celenia del Valle López, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.095.....