este Tribunal con al acuerdo alcanzado por las partes en la audiencia realizada en fecha 13 de noviembre de 2006, según acta de esa misma fecha, y vistos que los términos de la Transacción, no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia da por concluido el procedimiento y ordena el archivo del expediente. Así mismo acuerda hacer entrega a las partes por secretaria, las pruebas consignadas en la oportunidad del inicio de la audiencia preliminar. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.