PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte Intimante: Ciudadano CRUZ MODESTO MENDOZA PORTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 5.274.434, Abogado actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.973. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, el 06 de Junio de 2008; y SE DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA de estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta contra el Municipio Autónomo José Félix Rivas del Estado Aragua.