Se consignó y publicó resolución declarando: 1. SIN LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta por la entidad de trabajo denominada INSTITUTO AUTÓNOMO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y TRANSPORTE contra ACTO ADMINISTRATIVO DEL 31/01/2014 DICTADO POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DÍAZ", SEDE CARACAS SUR, EXPEDIENTE 079/2014/01/00289, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.- 2. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente acción.- 3. Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el de treinta (30) días de despachos previsto en el auto de fecha 30/10/2014, que compone el f. 128.-