Se fija definitivamente la estimación de lo condenado a pagar por la sentencia proferida por el Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 07 de diciembre de 2012, en la demanda incoada por el ciudadano ALEXYS JHONNY DUARTE DUARTE, contra las empresas, que por Unidad Económica, resultaron condenadas: SIN BANDERA C.A.; SABANA 2003, C.A.; e, INVERSIONES ROMACHACAO 2004, C.A., conocidas comercialmente con la denominación "LA ROMANISIMA RESTAURANT", todos identificados en autos, en la cantidad de UN MILLON CIEN MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON 33/100 (Bs. 1.100.579,33).
De conformidad con lo establecido en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de los expertos a la parte demandada, por lo que se ordena a las condenadas SIN BANDERA C.A.; SABANA 2003, C.A.; e, INVERSIONES ROMACHACAO 2004, C.A., conocidas comercialmente con la denominación "LA ROMANISIMA RESTAURANT", el pago de los h.....