En mérito de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, conforme al artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado JUAN CARLOS DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 43.428, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CLAUDIO BRUZUAL, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.557.570, contra la Abg. MAIRIM RUIZ RAMOS, a cargo del Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en el asunto signado con la nomenclatura AP51-V-2012-017439.
SEGUNDO: Se declara NULA la Audienci.....