D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos JOSÉ FELIX DELGADO MORALES Y MAUDILENY EDUARDO DE DELGADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.374.017 y V-5.624.082 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintiocho (28) de agosto del mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante la Prefectura del Distrito Ricaurte del estado Aragua, según
consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios con el acta Nº 218,.....