Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Juez Unipersonal Nº.04, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO ÉL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos: WISTON EDUARDO GUEVARA
CAMACHO y MAYERLING CAROLINA HURTADO CEBALLO, ya antes identificados, en fecha 05 de Agosto de 1.999 por ante la Prefectura Joaquín Crespo del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua según acta Nº. 710, 4º tomo del año 1.999.¬-
Durante la unión matrimonial procrearon una (01) hija de nombre: WANDA CAROLINA, la cual actualmente de (03) años de edad, según partida de nacimiento, anexa cursante al folio cuatro (04) del expediente, quien seguirá bajo la GUARDA de la madre: MAYERLING CAROLINA HURTADO CEBALLO. La PATRIA POTESTA será ejercida por ambos padres, con respecto al .....