DISPOSITIVA
Por estas consideraciones, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: ACUERDA: MODIFICAR LA MEDIDA DE SEMI-LIBERTAD, por la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de DOS (2) MESES, la cual la cumplirá en el Centro de Medidas Privativas de Libertad ¨Simón Rodriguez¨, por lo que deberá permanecer en el mencionado establecimiento hasta el día 06 de abril de 2008.