D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas
procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos CARMEN ELENA CARPAVIRE Y PABLO ROSALINO AVILA BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-10.667.814 y V-16.013.793, respectivamente, y en consecuencia
DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día el día veintitrés (23) de julio del año dos mil doce (2012), por ante el Registro Civil del Municipio Julián Mellado, Parroquia El Sombrero, del estado Guarico, según se evidencia de copia certificada bajo el Nº 04.....