D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos ANGEL ANTONIO CORTEZ FREITEZ y JENNYBEL DINOSKA GUTIERREZ TORRES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-24.923.829 y V-23.627.551 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dieciocho (18) de septiembre del año dos mil quince (2015), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 119, folio 119 del año 2015.
Publíquese, regístrese y déjese copia certifica.....