DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por el ciudadano: FRANCO ALBERTO MAROLO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-4.664.801, asistido por el Abogado: JOSE SALAZAR, Inpreabogado Nº 158.574; contra la ciudadana: KENNY JACKELINE ZAA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-14.894.441.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante la oficina Registro Civil del Municipio Las Mercedes del Llano del Estado Guárico, Parroquia Santa Rita.....