Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, y en lo sentando en la sentencia de carácter vinculante dictada por el Máximo Tribunal de la República de fecha 25 de Abril de 1997, Acta N° 33, presentada por los ciudadanos JESUS ANTONIO GOMEZ SANABRIA y YUS MARY RUEDA DE GOMEZ titulares de las cedulas de identidad V-11.181.194 y V-14.087.554 respectivamente, asistidos por el abogado RICARDO TULIO GARBAN POCAY, IPSA 101.057. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron por ante JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSE FELIX RIBAS, JOSE RAFAEL REVENGA, SANTOS MICHELENA, BOLIVAR Y TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN .....