declara ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado CÉSAR RAFAEL MAGO, con el carácter de Defensor Privado del Ciudadano: JOSÉ ALEXIS MARCANO CHIRINOS, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.419.979, en la causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de: Homicidio Intencional Calificado en Grado de Complicidad Correspectiva y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 408, ordinal 1° y 282, ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso JOSÉ RAFAEL AROCHA RIVERO, contra la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, en fecha 25 de Enero de 2006, mediante el cual declaró con lugar la solicitud de prórroga de la medida de coerción personal del imputado de autos, antes mencionado, previa solicitud del Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Monagas, por un lapso de cuatro (4) meses.-