En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano LUIS EMILIO ARAGUAYAN MILLAN, en contra de las empresas COMERCIALIZADORA ENTRETAMOS, C.A. y DROGUERIA RACE, C.A.. SEGUNDO: se condena al patrono a pagar al demandante la cantidad: TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.328.034,95)
En aplicación a lo dispuesto en el Artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y conforme la decisión de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 21 de febrero de 2002, Miguel Adolfo Silva vs Servicios de Mecanización La Trinidad, c.a. con ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena C., no se condena en costas a la parte demandada por no .....