En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos PEDRO CELESTINO YANEZ y ROSA ALBA ALAVA DE YANEZ, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 1 de junio de 2006, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, tal y como consta en el Acta de la Partida de matrimonio inserta bajo Nº 57, del Libro de Registro Civil correspondiente al año 2006.-
Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese lo conducente a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital y el Consejo Nacional Elector.....