DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia Estadal en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Octavo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL por cumplimiento del Régimen de Pruebas, en consecuencia se acuerda el SOBRESEIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 ordinal 3° en relación con el articulo 49 numeral 7 ambos del Código Orgánico Procesal Penal de la causa seguida a los ciudadanos WILMER GIOVANNI ARCIA, titular de la cedula de identidad N° V-10.356.684 y JOSÉ ANTONIO TOVAR HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-4.418.147, por la comisión del delito: HURTO CALIFICADO previstos y sancionados en los artículos 453 numerales 2º y 9º del Código Penal. Se ordena oficiar lo conducen.....