Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: MORALES CASTRO JUAN DE LA CRUZ Y BALDAN DE MORALES CRUZ DEL VALLE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.506.722 y V-8.484.225, respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: once (11) de Marzo del Dos mil once (2011), por ante la primera autoridad Civil de San Francisco de Asís, Municipio Zamora, Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Acta Nº 32, del año, Folio Nº032, Tomo I, Año 2011, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el.....