Este Tribunal Segundo en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la ley puede argüir que lo procedente y ajustado a derecho es PRIMERO: Se ratifica la Orden de Aprehensión en contra del imputado GABRIEL JOSE GOMEZ (APODADO CHINO) titular de la Cedula de identidad V-18.593.188, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COAUTORIA, en consecuencia se decreta Medida Privativa de Libertad.-