Primero: Se imparte la HOMOLOGACIÓN de los acuerdos alcanzados por las partes en el proceso de mediación promovido por este Juzgado y contenidos en la presente acta, dándole efecto de COSA JUZGADA. Segundo: Se acuerda agregar a los autos copia fotostática de 1) Liquidación; 2) Carta de renuncia; y 3) el cheque recibido personalmente en este acto por la parte accionante, ciudadana: DAYSI YESEIMA HERNANDEZ SANDOVAL VELÁSQUEZ, ya identificada en autos. Tercero: Se deja asentado de que en vista del acuerdo aquí suscrito, no se consignaron ni escrito de pruebas ni anexos. Cuarto: Se acuerda lo peticionado por la parte demandada que le sea expedido un (01) juego de copias certificadas del libelo de la demanda, del auto de admisión, de la presente acta y sus anexos, y de auto que acuerde el cierre y archivo del presente expediente; Quinto: se ordena el cierre y archivo del presente expediente conforme a las previsiones de Ley.