Se suscribe Auto mediante el cual se fundamenta Suspension Condicional del Proceso, a Favor del Ciudadano Leonardo Urbaez Ladino, en proceso que se le sigue por el Delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Organica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Perjuicio de la Ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , se mantienen las medidas de seguridad y proteccion establecidas en el articulo 90 numerales 5 y 6, ejusdem.