DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto con fundamento en el numeral 5º del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, por el abogado JOSE VICENTE DIAZ RAMIREZ, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano ACOSTA SILVA LENIN WLADIMIR, contra el pronunciamiento de fecha 25 de marzo de 2008, dictado por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual la representante del Ministerio Público no estimó conveniente como titular de la acción penal, el tomar en cuenta los exámenes de análisis de traza de disparo y el reconocimiento en rueda de individuos. En cuanto a la prueba consistente en el informe planimétrico, esta.....