DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA N° 4 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 11-03-2014, por la profesional del derecho AURORA MICAELA OJEDA HERNÁNDEZ, en su carácter de Defensora Pública Segunda (2°) Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación de los ciudadanos NICOLÁS JESÚS MARTÍNEZ ORTEGA y AMIN JOSÉ ALVARADO DÍAZ, conforme a lo establecido en el artículo 439 numerales 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 4 de Marzo de 2014, por el Tribunal Vigésimo (20°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra de los mencionados ciudadanos, la medida de Privación Judicial Preve.....