Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada NORKA ZAMPRANO ROJAS, el 15 de julio del 2013, en su condición de defensora judicial de la parte demandada, ciudadano HERNANDO ASDRÚBAL DUARTE MEDINA.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por cobro de bolívares intentada por la actora Sociedad Mercantil BANCO MERCANTIL C.A, BANCO UNIVERSAL, y en consecuencia se condena a la parte demandada a que pague a la actora la cantidad hoy equivalente a CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON SESENTA Y OCHO SENTIMOS (Bs. 5.294,68)por concepto de capital, más la cantidad de QUINIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES (Bs.529,00) por concepto de intereses retributivos correspectivos del 03 de febrero de 2001 a.....