DEL AUTO DE APERTURA A JUICIO
Esta Juez 6to de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
1) ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 8º del Ministerio Público del Estado Aragua, en contra del ciudadano FUENMAYOR ESPINOZA JOSE GREGORIO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.011.912, residenciado en el Sector la Curia, calle Los Llanos, casa s/n, San Mateo, Estado Aragua; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1º del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso CARDENA MELO ELVIS JAVIER.
2) Como objeto del Juicio se tendrá para su estudio y decisión, verificar si ciertamente en fecha 19 de Marzo de 2007, siendo aproximadamente las 03:00 horas de la mañana,.....