Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO POR EXCESOS, SEVICIAS E INJURIAS GRAVES QUE HACEN IMPOSIBLE LA VIDA EN COMUN, establecida en el ordinal 3º del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano RAMON ANTONIO CAMPOS BURGOS contra la ciudadana YULIBETH DEL CARMEN FIGUEREDO MACHUCA, plenamente identificados, y disuelto el vinculo matrimonial que los unía contraído en fecha 03 Octubre de 1.997 por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Libertador del Estado Monagas.
Con relación al régimen a favor de los niños (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), de ocho (8), siete (7), cinco (5) y tres (3) años de edad respectivamente este tribuna.....