Se decreta el SOBRESEIMIENTO POR RESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida contra CIRILO DEL CARMEN ALCANTARA MARTINEZ, AQUIMEDES RAMON MORENO, LEONARDO JOSE MALAVE CORDOVA y JOSE MANUEL MORENO, Venezolano, de 32 Años de Edad, natural de Pantoño Estado Sucre, soltero, profesión u Oficio Comerciante, Titular de la Cédula de Identidad Nº 13.076.084 y Domiciliado en el Bajo Guarápiche calle Libertad, casa N° 24, Maturín Estado Monagas, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FUSTRACION previsto y sancionado en el artículo 455 Ordinales 4 y 9 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio del BANCO MERCANTIL.