DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de nacimiento correspondiente a la ciudadana CINZIA ROSSILLI GUIRADOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-8.822.374, en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta No. 768, tomo 2, de 1990, en el sentido de que, donde dice "JOSEFINA" debe decir "GIUSEPPINA"; así mismo, asentar el segundo nombre de la esposa del de Cujus así: donde dice: "ROSA" debe decir "ROSA MARGARITA".
Segundo: Ofíciese lo conducente al referido Registro Civil el Municipio Girardot y al Registrado.....