´DISPOSITIVA
Establecido lo anterior, este Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, en obediencia a la Ley, el derecho y la justicia como fines fundamentales de un proceso justo, DECLARA: NEGAR la solicitud de otorgamiento de una medida cautelar sustitutiva de libertad, incoada por parte de la representación de la defensa Abogada JOSELYN VARGAS, Defensora Pública Auxiliar (E) Decimo Sexta (16°) adscrita a la Coordinación Regional de La Defensa Pública del estado Aragua, en escrito interpuesto en treinta (30) de Mayo, constando en autos en fecha tres (03) de Junio del año que discurre. En consecuencia, se mantiene la validez de la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa contra de los justiciables ADRIAN ARTURO GAMEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-23.798.624, y CARLOS JOSE IZQUIEL, titular de la cédula de identidad N° V-25.314.614, Negativa que obedece de conformidad con los artículos 26 de.....