En el caso bajo análisis el recurrente o su apoderada judicial no consignó los instrumentos a que se refieren las normas antes transcritas dentro del lapso establecido por la Ley y concedido por el Tribunal, en consecuencia, este Juzgado declara INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Administrativo incoado por la abogada AURA RINCON DE KASSAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 1871, actuando en nombre y representación del ciudadano ALVARO RADA BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.118.390, contra el acto administrativo de Remoción Retiro Nro. 366 de fecha 30 de Marzo de 2006, dictado por el Presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
LA JUEZ
FLOR L. CAMACHO A.
EL SECRETARIO
CLIMACO MONTILLA
Exp. Nº 1589-06/FC/gl.