VI
DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Joelle Vegas Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 64.368, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha veinticinco (25) de abril del año dos mil uno (2001). En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada en toda y cada una de sus partes, y declara: CON LUGAR la pretensión que por COBRO DE BOLIVARES sigue el instituto autónomo FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCION BANCARIA (FOGADE) quien es el organismo liquidador de la sociedad mercantil BANCO LATINO, C.A., co.....