este Tribunal luego de una revisión a las actas que conforman a la presente causa, así como de la solicitud planteada por la diligenciante, en el sentido de que sean embargados los créditos que mantiene la Sociedad de Comercio denominada Multiservicios Maupra C.A., en la empresa Estadal Petrolera PDVSA y visto que el embargo va dirigido contra una persona natural como lo es en este caso el ciudadano JUAN MAURERA PRADA, plenamente identificado, y visto que la empresa Multiservicios Maupra C.A, es una persona jurídica distinta a la demandada en auto, siendo así, mal podría este Juzgador acordar lo solicitado, por tal motivo Niega la Medida Innominada solicitada. Así se decide.-
ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
EL JUEZ
LA SECRETARIA
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