este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por PARTICIÓN incoara la ciudadana ADELINA DEL CARMEN HERNÁNDEZ TUGUES contra los ciudadanos LEÓN ALBERTO SILVA RODRÍGUEZ y JORDAN ALBERTO DEL CARMEN SILVA TUGUES, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se DECRETA Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el 50% de los derechos proindivisos de los siguientes bienes: Un inmueble constituido por una oficina distinguida con el Nº 9-A, ubicada en la "Planta Oficina Uno" que forma parte del Edificio denominado "CENTRO EMPRESARIAL DON BOSCO", en Jurisdicción del Municipio Leoncio Martínez, Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy Municipio Sucre del Estado Miranda); y Un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nº 4, ubicado en el cuarto piso del Edificio SA.....