Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR, la demanda que por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intento por el ciudadano ORLANDO ANTONIO ORTA SILVA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.202.769, asistido en este acto por el Abogado CESAR RAMON MEJIAS, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.147, en contra de la ciudadana CARMEN ARMINDA CAMPOS REYES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.248.167, éste en su calidad de arrendatario de un inmueble ubicado en las Residencias Codazzi, Edificio Libra, Siglas PB-3, Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua.-
En consecuencia se condena al demandado:
1°) Hacer entrega a la demandante, del inmueble arrendado, antes.....