En base de las consideraciones antedichas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: Primero: CON LUGAR la oposición a la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 22 de Noviembre del 2013, formulada por la representación judicial de la parte demandada, Ciudadana KAREN DAYANA LOPEZ ACEVEDO; Segundo: En consecuencia a lo anterior, se SUSPENDE la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 22 de Noviembre del 2014, y participada al Registrador Público del Municipio Autónomo Plaza del Estado Bolivariano de Miranda, mediante Oficio Nº 0802, la cual recayó sobre el siguiente inmueble: "Constituido por un inmueble destinado a vivienda principal constituido por un apartamento distinguido con el Nº 13-23, situado en el N.....