´Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley este Juzgado declara; PRIMERO: PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa, con motivo del Juicio de NULIDAD DE VENTA DE ACCIONES incoado por la ciudadana ARACELI DEL CARMEN TRUJILLO ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.271.589, en contra de los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ FERNANDEZ, MORELBA CORREA DE LOPEZ y MARLON ANTONIO MORA CORREA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.875.248, V-5.263.423 y V-14.335.598 respectivamente. Así se decide.- ´