Por los razonamientos que anteceden, este juzgado superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) IMPROCEDENTE el pedimento formulado por el ciudadano JESÚS ALBERTO CORDERO DOMÍNGUEZ, de que se declare a él y a los señores ALIRIO CORDERO VICABA y JOSÉ FRANCISCO QUINTANA REYES, ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS de ALIRIO TRINIDAD CORDERO REYES. 2) SIN LUGAR la apelación intentada por el primero de los nombrados, contra la decisión de fecha 9 de junio de 2008 dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3) Queda CONFIRMADA la apelada.
Por la naturaleza de esta decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscrip.....