En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, en aplicación del Procedimiento por admisión de los hechos, declara: Primero: CONDENA a la ciudadana ACUSADA: FRANCIS DEL VALLE AVILEZ RIVERO, venezolana, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, nacida en fecha 21/05/1984, de 25 años de edad, Estado Civil: soltera, hijo de: Virginia Rivero (V) Y Félix Avile (F), titular de la cédula de identidad Nº 16.772.470, domiciliado en la Invasión Loma Linda, vía Bello Monte, Caripito, a 5 ó 6 cuadras del Tecnológico de Caripito. Teléfono: 0416-4984458, Maturín Estado Monagas;, la pena a cumplir es de (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley, que resulta, que resulta de aplicar la pena de Seis (6) años de prisión, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancio.....