En virtud de las declaratorias precedentemente señaladas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por el ciudadano CESAR AUGUSTO PEREZ RODRIGUEZ, Abogado ampliamente identificado en auto como Defensor Privado del Imputado JHON JAIRO BARRETO, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 11-08-2010, en el asunto principal N° NP01-P-2010-006273, a cargo del Juez Abg. Manuel Enrique Padilla, negando en consecuencia el petitorio contenido en dicho recurso.
Segundo: Se CONFIRMA la decisión recurrida, en los términos expresados en la presente resolución.